Derecho informático

13:16, Posted by Chema Vitaller, No Comment

Uno había oído hablar de derecho romano, civil, penal y algunos más pero la verdad es que nunca en concreto del derecho informático. Podemos entender el derecho según la segunda acepción de la RAE como lo que es “justo o legítimo” pero creo más bien que nos movemos por esta definición “Conjunto de principios y normas, expresivos de una idea de justicia y de orden, que regulan las relaciones humanas en toda sociedad y cuya observancia puede ser impuesta de manera coactiva” que queda mucho más lejos.


La informática y todo lo que conlleva está hoy día presente en nuestra sociedad y el derecho no podría quedar ajeno a estar realidad. Tiene presencia en todos los aspectos de la vida. Todo hay que regularlo aunque los ciudadanos no tengamos idea de la ingente cantidad de normas y leyes municipales, de la comunidad autónoma, estatales, comunitarias e internacionales que debemos observar.


En mi opinión, el desarrollo de las posibilidades de información y comunicación que presentan las nuevas tecnologías van muy por delante del derecho pero este tiene que agarrarse a todos esos campos de estudio. Desconozco la inmensa mayoría pero entiendo que la aplicación de la tecnología, que no es más que una herramienta, no debe cambiar esencialmente las leyes al respecto. Es decir, mi relación con un banco on line no tiene que regirse por normas diferentes a si lo hago en persona e igualmente debe ocurrir a la hora de pagar impuestos, hacer un contrato o firmar un documento aunque sea de forma digital.


Tratando de seleccionar campos desconocidos podemos citar Medidas Cautelares sobre Equipos Informáticos, Compras públicas mediante el uso de las NTIC, Informática Jurídica, Editoriales online de Derecho y Programas: Software Jurídico. Bases de datos y Gestión de Bufetes pero la verdad es que tengo un gran desconocimiento sobre muchos otros.

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